jueves, 30 de agosto de 2012

Los magistrados rechazan la impugnación de la izquierda a la elección:

Los magistrados rechazan la
impugnación de la izquierda
a la elección Por Tania L. Montalvo
Jue, 30 de Ago de 2012 22:26 El Tribunal Electoral realizó
este jueves la sesión para
resolver sobre el juicio de
impugnación de la elección
presidencial. (Cuartoscuro
Archivo). CIUDAD DE MÉXICO (CNNMéxico) - Con votación unánime, el
Tribunal Electoral
declaró "infundada la
pretensión de invalidación de
la elección de presidente de
los Estados Unidos Mexicanos,
planteada por el Movimiento Progresista", después de cinco
horas y media de discusión. El proyecto que analizó las
denuncias de esa coalición de
izquierda, concluyó que no se
demostraron violaciones a
ningún principio
constitucional durante la jornada electoral y que no
hubo pruebas que fundaran
los nueve agravios que
muestran que no hubo una
elección libre ni auténtica. "Los agravios expuestos por la
coalición son infundados por
encontrarse en los grupos que
voy a enumerar: grupo A,
cuestiones que ya han sido
resueltas por esta Sala Superior. grupo B, cuestiones
no probadas y grupo c,
cuestiones que parten de una
premisa incorrecta", dijo el
magistrado presidente
Alejandro Luna Ramos. "Se considera jurídicamente
improcedente acoger los
argumentos y razones
promovidos por la coalición",
agregó. El magistrado Salvador Nava
Gomar, que junto
con Constancio Carrasco y
Flavio Galván realizaron el
proyecto, dijo que "se
presentaron miles de pruebas y pruebas con posterioridad,
que estudiamos a plenitud (...)
Verificamos sí se habían
comprado cinco millones de
votos, vimos que no se
acreditaban esas pruebas". Según Nava Gomar, la
comisión estudió todas las
pruebas presentadas por la
izquierda y cada uno de los
agravios, aún cuando algunos
de estos eran inoperantes por "vagos, generales o
imprecisos". Como redactor del proyecto
que se votó este jueves, el
magistrado dijo que "México
tuvo una elección que no debe
invalidarse, se confirman los
principios constitucionales, tuvimos elecciones libres.
México tiene autoridades
electorales robustas y
confiables. Si ustedes tienen a
bien aprobar este proyecto,
México tiene un presidente, el licenciado Enrique Peña
Nieto", concluyó. En el proyecto se declararon
infundados los agravios
demandados por el
Movimiento Progresista:
adquisición encubierta en
tiempo en radio y televisión y medios impresos, excesivo
gasto de campaña,
financiamiento encubierto,
uso de encuestas como medio
de propaganda, actos de
coacción y presión a los electores, intervención del
gobierno federal y local e
irregularidades ocurridas
durante los cómputos. Sobre el financiamiento
encubierto, los magistrados
determinaron que en el caso
de las tarjetas de prepago
Monex, "no se observa que las
tarjetas se hayan dado a ciudadanos en general", pero
sobre todo, "no se demuestra
el activismo ilegal con
recursos supuestamente
financiados" por la coalición
Compromiso por México, PRI- PVEM. "La actora (la coalición de
izquierda) no demuestra que
le asista la razón porque en
principio sólo prueba que el
PRI entregó tarjetas de
prepago a algunos de sus representantes en diversas
entidades federativas. No
prueba que dicho partido
político haya entregado las
tarjetas a ciudadanos en
general a cambio de su voto o para comprar su voto. (...) Es
evidente que no existen
elementos de prueba eficaces
de que estas tarjetas Monex se
entregaron a la ciudadania en
general para la compra del voto", dijo el Magistrado Pedro
Penagos López, al emitir su
apoyo al proyecto. En el caso de las tarjetas
Soriana, que según el
Movimiento Progresista,
implicó coacción y presión a
los electores, aportaciones
indebidas de recursos e intervención de gobiernos
locales, los magistrados
concluyeron que "no se
acreditan las mencionadas
irregularidades con las
pruebas entregadas". "Sólo se encuentra
evidenciado que las tarjetas
tienen como base un acuerdo
que beneficia a militantes del
PRI pero no a la ciudadanía en
general". Al respecto, el magistrado
Flavio Galván, dijo que las
actas notariadas que se
presentaron para probar la
entrega de las tarjetas no
tienen valor probatorio. "(Con una de las actas
presentadas como prueba) se
da fe de la existencia de
cuatro paquetes de tarjetas
que hacen un total de 2,043.
Pero, ¿con esto demostramos que se compró el voto de los
ciudadanos? Ni siquiera fueron
repartidas", dijo. El magistrado hizo un
recuento de las pruebas
notariadas que presentó la
izquierda y concluyó que éstas
muestran que los
señalamientos del Movimiento Progresista son "vagos,
genéricos e imprecisos". "No hay compra del voto. No
hay coacción del voto
demostrada. Si se demuestra
que existe coacción del voto,
condicionamiento del voto,
por supuesto que el voto sería anulado, en este caso no hay
(...) No están demostrado los
hechos y por lo tanto no está
demostrado la ilegalidad de la
elección presidencial", agregó
Galván. El Movimiento Progresista
presentó diversas notas
periodísticas de medios
nacionales e internacionales
para mostrar lo que llamaron
la compra de votos con tarjetas de prepago. Al respecto, el magistrado
Constancio Carasco Daza dijo
que "no hay pruebas para
concatenar los indicios que se
obtienen de las notas
periodísticas" y que es "imposible coincidir con el
Movimiento Progresista". Sobre otro de los agravios, la
intervención de los gobiernos
federal y locales, el proyecto
de los tres magistrados indica
que la queja de la izquierda no
es suficiente para determinar que el presidente Felipe
Calderón, por la emisión de un
mensaje en Twitter durante el
segundo debate presidencial,
intervino en el proceso
electoral federal, pues no realizó mención expresa a
partido, candidato o a una
plataforma política. "La coalición no demuestra
que los referidos funcionarios
públicos federales y locales
hubieran intervenido en el
proceso electoral con la
utilización de recursos públicos" a favor de Enrique
Peña Nieto, dijo la magistrada
Maria del Carmen Alanis, la
cuarta que apoyó el proyecto
que declara infundados los
agravios. Asimismo, si bien se confirma
la denuncia de López Obrador
de que hubo una reunión en
Toluca, Estado de México,
entre gobernadores priistas,
"no hay indicios que indiquen el proposito de esa reunión",
que según el perredista, se
realizó para emprender un
plan de apoyo a Peña Nieto
que incluyó el uso de recursos
públicos para su campaña presidencial. En el caso de los gobiernos de
Durango, Zacatecas y
Chihuahua, que se acusó
desvío de recursos estatales a
favor de Peña Nieto, los
magistrados que elaboraron el proyecto concluyeron que "la
acusación no está
demostrada". Sobre esos casos, Alanis dijo
que "no está probado que se
haya usado (recursos públicos)
para comprar votos", al
explicar su apoyo al proyecto. La apoyó el magistrado
Manuel González Oropeza,
quien dijo que las
irregularidades denunciadas
por la coalición de izquierda
no pudieron ser acreditadas, pero agregó que esos partidos
"pareciera concebir al
ciudadano como un autómata
que emite su voto a cambio de
una dádiva". En cuanto al desequilibrio
informativo, los magistrados
de la comisión especial
determinaron que con las
pruebas aportadas no se
comprueban los hechos y que la "cobertura tendenciosa" que
se acusa, se "trata de líneas
editoriales y noticiosas que no
son reprochables". "La invalidez de una elección
no puede basarse en simples
apreciaciones sin
argumentación", dijo el
magistrado Penagos López. Sobre el uso de las encuestas,
el proyecto concluye que esos
estudios "no son adecuados ni
suficientes para aducir al
comportamiento final del
electorado". Además, determina que
tampoco se presentaron
suficientes pruebas para
comprobar que los medios de
comunicación que difundieron
esas encuestas lo hicieron con la finalidad de manipular al
electorado a favor del
candidato priista, Enrique
Peña Nieto. La sesión en la Sala Superior
del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación
(TEPJF) comenzó después de
que todos los magistrados
estudiaron el proyecto y declararon el miércoles que
estaba listo para recibir
sentencia. El 12 de julio pasado, la
coalición Movimiento
Progresista que tuvo a Andrés
Manuel López Obrador como
candidato presidencial,
presentó el juicio de inconformidad argumentando que se violó el artículo 41
Constitucional, que exige que
los comicios en México sean
libres y auténticos. Tras la sentencia de este
jueves, el Tribunal tendrá
pendiente otra sesión para
validar los comicios y publicar
el cómputo final de la elección
presidencial. Según los resultados entregados en julio
por el Instituto Federal
Electoral (IFE), la diferencia entre López Obrador y el
priista Enrique Peña Nieto es de poco más de seis puntos
porcentuales, con el 38.21%
de los votos, equivalentes a 19
millones 226,784 sufragios
para el priista y el 31.59%
para el perredista. También quedará pendiente la
emisión de la constancia de
presidente electo, que deberá
realizarse antes del 6 de
septiembre.

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